Expediente F 119 2015 - 2016
PROYECTO DE SOLICITUD DE INFORMES
El Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires se dirige al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través del organismo pertinente, sirva informar por escrito, acerca de los siguientes puntos o cuestiones vinculados con la puesta en funcionamiento del Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño, del Partido de Lomas de Zamora; establecido por Ley 13.298 y su Decreto reglamentario.
1) Informe acerca de la conformación del Equipo Técnico-Profesional del Servicio Local de Protección de Derechos de la ley citada.
¿Se ajusta a la ley y a su reglamentación?
2) Detalle el horario de atención y la forma de brindar el servicio.
3) Informe sobre el procedimiento a realizar una vez recibida la denuncia.
4) Indique el grado de eficiencia de las medidas adoptadas para cada caso en particular, ¿Dicha medida cumple efectivamente su propósito y/o su objetivo?
5) Releve una estadística desde la vigencia de la presente ley acerca de las denuncias que hayan sido canalizadas institucionalmente o por la vía judicial.
6) Informe si existe un seguimiento y/o control de la situación familiar una vez adoptada la medida, a los fines de fortalecer los vínculos familiares.
7) Informe acerca de la existencia de programas, planes y servicios que tiendan a prevenir, asistir, y proteger los derechos del niño.
8) Detalle en qué supuestos se da traslado al Poder Judicial.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto surge a raíz de una petición proveniente de la Comisión Integral de Seguridad y Justicia contra la impunidad, ubicada en el partido de Lomas de Zamora.
La misma ha podido constatar en forma directa mediante entrevistas con las víctimas, la comisión de diversos hechos que involucran el deficiente accionar de los Servicios Locales.
Estos Servicios locales están compuestos por equipos técnicos que toman medidas para la resolución de conflictos, partiendo de un principio rector como lo es el “Interés superior del niño”, velando por los derechos del mismo y priorizando el núcleo familiar en cumplimiento de la Ley 13.298 de Promoción y Protección de los derechos del Niño.
Lo cierto es que muchas veces, ante denuncias familiares, de terceros o instituciones educativas, separan a los menores de la familia con la que convivían sin una notificación fehaciente y aún más, sin dar comunicación al Juzgado de Familia de turno.
Por medio de la presente, solicitamos contar con mayor información en cuanto al funcionamiento de los Servicios que velan por los intereses de los niños y que muchas veces se ven vulnerados por ausencia de un control efectivo, que otorgue legalidad a las decisiones.
Por las razones expuestas, solicito a los señores Senadores tengan a bien acompañar con su voto la presente solicitud de informes.
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